INSÓLITO PROCEDIMIENTO POLICIAL
— 17 septiembre, 2009 0 8Buenos Aires Sos (BAS).- Julio 2007.- El miércoles 11 de julio, desde las 15 horas, dos agentes de la Policía Federal se apostaron frente al domicilio personal de una de las integrantes de lavaca, la periodista Claudia Acuña, y comenzaron a exigir la identificación de las personas que ingresaban al hogar. Según la explicación de los agentes, habían recibido por parte del “responsable de calle” de la Comisaría 10 la orden de exigir DNI, nombre y dirección a cada ingresante. En la comisaría, confirmaron esa información al abogado Gerardo Fernández, del Centro de Estudios y Sociales (Cels), aunque se negaron a suministrar más datos. Uno de los uniformados que cruzaba el paso del domicilio brindó un solo detalle: la orden se había originado en la Fiscalía Contravencional Nº 3, a cargo de la doctora Marcela Solano. El agente reconoció que nunca había recibido este tipo de directivas, ya que de tratarse de una citación o “comparendo obligatorio” el trámite habitual es el lógico en estos casos: 1) La fiscalía le proporciona a la policía el nombre de la persona que busca. 2) La policía le notifica a esa persona el requerimiento fiscal. El jueves, el doctor Fernández se comunicó con la fiscalía N” 3, donde justificaron la medida con la letra del Código Contravencional: la policía puede exigir identificación y la fiscalía puede emitir comparendos obligatorios. Y aunque en esta oportunidad ambas cosas se combinaron para hacer evidente el atropello, no menos cierto es que la aplicación cotidiana de la letra del Código por parte de policía y fiscales tiene, en muchas casos, estas licencias. Ya viernes, el director del Programa de Violencia Institucional del Cels, doctor Gustavo Palmieri y el doctor Gerardo Fernández se presentaron en la fiscalía para exigir el retiro de la policía y explicaciones sobre esta medida. La repuesta: es un procedimiento habitual en ese fuero. Ahora, el Cels está evaluando un pedido de informes para que, oficialmente, el Ministerio fiscal contravencional detalle causa, motivo y cantidad de casos en los que utilizó esta vía “compulsiva” . Luego de todas estas gestiones, pudimos finalmente conocer el origen del procedimiento: Claudia Acuña será llevada a juicio por la supuesta infracción al artículo 80 del Código Contravencional. El artículo convierte en contraventor a ”quien mancha o ensucia por cualquier medio bienes de propiedad pública o privada” y puede ser sancionado con “de uno (1) a quince (15) días de trabajos de utilidad pública o multa de doscientos ($ 200) a tres mil ($ 3.000) pesos.” El acta se labró en ocasión de la presentación del libro Ninguna mujer nace para puta, cuando un grupo de mujeres artistas, periodistas, prostitutas e intelectuales denunciaron la explotación sexual de mujeres y niñas con complicidad policial, política y judicial. Tal como narró Claudia Acuña días después, en un debate del que también participaron Nelson Castro y Tomás Abraham–organizado por los familiares de Cromañón-, el día de la acción: “Nos rodearon tres móviles policiales y nos amenazaron con levantar cargos penales. Gracias a la intervención del abogado Claudio Pandolfi la policía se ubicó. Llegó entonces, un oficial inspector que recibió por teléfono la orden de la fiscal. Entonces, nos hicieron un acta que hicimos leer en voz alta. Decía, al mencionar las pruebas del delito: ´el personal policial comprobó la escritura de frases tales como “el Código Contravencional es la coima policial´”. (Denuncia publicada en www.lavaca.org)
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